Después del #24F ¿Qué pasará con la nueva constitución? (+Gráficos)

Tomado de CubaHora

Después del #24F ¿Qué pasará con la nueva constitución? (+Gráficos)

Quizás usted se haya hecho esta pregunta antes, durante o después del referendo que tuvo lugar este 24 de febrero en Cuba, para ratificar la nueva constitución que aprobó en diciembre pasado la Asamblea Nacional del Poder Popular.

Luego de ejercer su voto, el presidente cubano Miguel Díaz Canel, en declaraciones a la prensa comentó: a partir de este momento, la Asamblea Nacional del Poder Popular tiene que prepararse para realizar un amplio ejercicio legislativo, para implementar—en el menor tiempo posible— todas las leyes que refuerzan esta Constitución (…) para que la Constitución nazca con el apoyo legislativo que necesita”.

Hoy en Cubahora, le traemos la respuesta de esta y otras dudas que le puedan surgir.

Según el informe de la Comisión Electoral Nacional, se concluyó con una lista actualizada de 8 millones 705 mil 723 electores, como resultado de la suma del parte inicial, las 39 mil 454 inclusiones reales que no se encontraban en el registro, menos los excluidos por fallecimiento.

Se ratificó que ejercieron el derecho al voto 7 millones 848 mil 343 electores para el 90, 15 % de la lista actualizada.

De 7 millones 848 mil 343 boletas depositadas en urna se declararon válidas por reunir los requisitos establecidos en la Ley, 7 millones 522 mil 569 lo que representa el 95,85 %.

Votaron por el SÍ, 6 millones 816 mil169 electores, cifra que representa el 78,30 % de la lista actualizada y el 86,85 % de los electores que votaron.

Los votos obtenidos por el NO ascendieron a 706 mil 400, para el 8,11 % de la lista actualizada y el 9 % de los electores que votaron.

Para conocer más datos al respecto, consulte este enlace.

Para Homero Acosta, secretario del Consejo de Estado, este resultado constituye una victoria política, contundente y con una mayoritaria respuesta del pueblo a la Nueva Constitución.

La Carta Magna que el pueblo acaba de ratificar, es resultado de la inteligencia colectiva, y valida todo el proceso desarrollado desde que se presentó y discutió el proyecto en los barrios y centros de trabajo. Por tanto, esta no puede considerarse como un ente normativo abstracto, pues en ella se refrenda un sistema político, se establecen los derechos de los ciudadanos y la organización política del Estado.

Con respecto a las cifras que votaron por el NO, Acosta comentaba que no significa que estas personas estén en contra de Cuba y su sistema socialista. “Algunos tenían determinados criterios, otros tuvieron que ver con patrones culturales, con otras aspiraciones, o porque están en desacuerdo con la forma en que se configuró un artículo determinado”.

Recientemente, en varios sitios de Internet, usted puede haber leído sobre la inasistencia de algunos cubanos al referendo. También puede haberse percatado en el discurso de estas plataformas, que lo reflejan como un signo de oposición al proceso. Pero no necesariamente es así. Actualmente en el país, muchas personas se encuentran viajando por el mundo, y el 24 de febrero muchos no pudieron llegar a tiempo a sus colegios, por estos motivos. Sin embargo, para construir un país como Cuba, todos los criterios cuentan.

¿TENEMOS UNA CONSTITUCIÓN EN VIGOR?

Aún no tenemos una Nueva Constitución en vigor, pues el documento establece que entra en vigor una vez publicada en la Gaceta Oficial. Previo a la publicación habrá un acto de proclamación oficial, que le corresponde a la Asamblea Nacional del Poder Popular por su facultad constituyente.

¿Y AHORA QUÉ?

Tras la proclamación de la Nueva Constitución, varias son las acciones que se beben llevar a cabo para “darle vida”.

La primera norma jurídica que ha de promulgarse por mandato de la Constitución es la Ley Electoral, porque de esta derivan un grupo de decisiones que están relacionadas con la elección de cargos fundamentales del Estado. Ya existe un grupo de trabajo que prepara las bases de esos cambios fundamentales, en correspondencia con lo establecido por la Constitución.

Otros de los documentos que serán modificados también son el Reglamento de la Asamblea Nacional, el Reglamento del Consejo de Estado, los Reglamentos del Consejo de Ministros y de las Administraciones Locales (Gobierno provincial con la figura del Gobernador y el Intendente y Consejos de Administración Municipales).

Se modificarán además la Ley de los Tribunales Populares, la Ley de Procedimiento Penal, la Ley de procedimiento Civil, Administrativa, Laboral y Económica.

Una de las normas transitorias establece que la Asamblea Nacional, en un plazo de 18 meses, tiene que establecer un programa legislativo en el que agrupe estas y otras leyes que acompañen a la Carta Magna.

En algunos casos, dependiendo de la naturaleza de la norma, puede suceder que algunas leyes se vuelvan a someter a referendo. Tal es el caso del código de familia, para el cual, se operará de forma similar al proceso de consulta popular que se llevó a cabo con la Constitución. Otras, en cambio, constituirán un trámite parlamentario de la Asamblea Nacional del Poder Popular.

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